EL ESTADO DR. Julio Fernández Bulte
Desde épocas antiguas se ha tenido un concepto variado de lo que es el Estado pero siempre con gran inquietud por querer definirlo. Esto explica que todos los teóricos, filósofos, políticos y pensadores en general han reflexionado acerca del Estado. Y esto se debe a que todos sin excepción, somos afectados por este ya que, todos, indefectiblemente dependemos. También en l a época de los romanos y griegos concentraban el poder en el Estado lo contrario a lo que paso con los liberales que no pueden prescindir del Estado en sentido lato. El Estado en un sentido lato es entendido como una organización política de la sociedad, como organización de la vida política de los agregados sociales existentes antes de las naciones modernas.
También se habla de una idea o concepto general de lo que es el Estado y
sus rasgos, entendiendo como estos a aquellos elementos que tipifican al
Estado, que lo caracterizan y por eso sirven para distinguirlos , tanto de la
sociedad como otros entes políticos. Estos rasgos no se pueden limitar y varían
de cada autor. Se niega que exista un Estado histórico, es decir que se continúe
con el mismo Estado, sino que este va cambiando y evolucionando conforme a los
sucesos y por esos surgen las Revoluciones.
El libro señala que su concepción de los rasgos del Estado, con respecto
al cual están de acuerdo todos los autores, es el que pudramos denominar el
poder político público o según prefieren otros, el poder publico político. Este
famoso poder político cuenta con funciones y esta, se llevan acabo de una
manera determinada.
ESTADO CUBANO Su caracterización general Lic. Martha Prieto
Los elementos del Estado cubano son : El territorio y la organización
territorial y administrativa, los símbolos patrios, y se dice que para
que el Estado se logre reconocer como sujeto de Derecho publico tiene que
configurase con un serie de elementos escánciales que son el territorio,
( signo físico) población ( elemento humano) , poder ( símbolo de una
organización política , facultad que autoriza e impone la voluntad predominante
a cargo de órganos especializado) y la soberanía ( Estado soberano que decide
acciones )
Cuba territorialmente es un Archipiélago con estados pero es un Estado
unitario. Y para su mejor funcionamiento se divide en provincias, municipios y Nación,
cada uno de ellos con sus propios órganos. Como sabemos Cuba es un Estado
soberano y esta soberanía se encuentra en la constitución y esta es también
asignada al pueblo. Los símbolos patrios, también en la constitución, son una
expresión de la unidad del proceso revolucionario desde el inicio de la intendencia
hasta el presente.
Cuba es un estado republicado, unitario y democrática socialista. El
aparto cubano esta formado por órganos de tipo representativo, ejecutivo,
administrativo, judicial, fiscal, de control, de defensa y cada uno cumple con
una función específica del poder.
Órgano Superior del Poder Popular.
La constitución contempla a:
La Asamblea Nacional del Poder Popular: Órgano representativo unicameral,
es Órgano supremo de subsistema de órganos del Poder Popular y el poder del
estado, integrado por diputados, Único órgano para reformar y hacer
leyes. Sus facultades más importantes: Aprobar reformas, aprobar leyes,
decidir acerca de las constitucionalidades de las leyes.
Comisión de trabajo de la ANPP: su función estudio de proyectos de
leyes, elaboración de proyectos, dictámenes sobre informes que se someten a su consideración,
así como tareas de control y fiscalización.
Presidente de la ANPP: preside y convoca a las sesiones de la ANPP, vela
por la aplicación de su reglamento, dirige la labor de las comisiones de Trabajo,
las relaciones internacionales de la Asamblea. Es el que promulga, publica las
leyes aprobadas por la ANPP.
Diputados: Representantes populares, duran en el cargo 5 anos, No son
profesionales de la política. La obligación de ellos es desarrollar sus labores
en beneficio de los intereses públicos, mantener contacto con los electores, oír
sus planteamientos. Los diputados gozan de derechos y de inmunidad
parlamentaria.
Consejo de Estado: 34 miembros, un presidente, vicepresidente,
secretarias y 23 miembros. Se considera un órgano ejecutivo y de representación
permanente, como el órgano que representa cuba en ámbito nacional e
internacional.
Consejo de Ministro: Es el máximo órgano ejecutivo, administrativo
constituye el Gobierno de la Republica, es decir, el órgano superior de la dirección
de la función administrativa y ejecutiva. Se integra por el Jefe de Estado y de
Gobierno que es su Presidente, vicepresidentes, secretarios y demás miembros.
Algunas de sus facultades más importantes son: Organizar y dirigir las
actividades políticas, culturales y económicas y demás acordadas por la ANPP,
Dirigir política exterior de la Republica y la Administración del Estado
Central y Local, Dirigir y controlar el comercio exterior entre otras.
Consejo de Defensa Nacional: Se constituye y prepara desde tiempos de paz
para dirigir al país en condiciones de Estado de emergencia, de Guerra, durante
la guerra o la Movilización General. Tiene carácter superior del poder estatal
y político durante las situaciones excepcionales y ejerce la dirección de la preparación
militar y la lucha armada, de orden interior y la seguridad, de la política
exterior, de actividades económicas y sociales jurídicas. Se integra por el
Presidente de la CE.
Órganos Locales del Poder Popular.
Son los siguientes:
La Asamblea Provincial del Poder Popular: Órgano superior del Estado a
nivel provincial y existe para la coordinar y controlar la labor de los
municipios en su territorio, participa en la dirección del país en la localidad
y se ha convertido en una importante nivel de centralización de las decisiones.
Esta facultada para aprobar la creación y la organización de los Consejos
Populares de los municipios, así como conocer y evaluar los informes de rendición
de cuentas que presente los órganos de administración y las Asamblea
Municipal.
Asamblea Municipal del Poder Popular: Órgano superior del poder a nivel municipal,
existe como sociedad local, a lo cual se le reconoce la personalidad jurídica y
capacidad para entender el desarrollo y los problemas de la comunidad. Órgano
primario del Estado
Consejo Popular: Posibilitan la permanencia y continuidad del trabajo de
APPP. Órgano de control y fiscalización de entidades económicas.
Consejo de Administración
Delegado: Representante popular, elemento más importante en los
mecanismos de participación y representación.
Participación Popular: Puede ser directa o a través de representantes y
existen varias vías para realizarla.
Cuenta con tribunales con diversas funciones.
ALGUNAS PARTICULARIDADES DEL SISTEMA JUDICIAL CUBANO MSC.
El sistema judicial de Cuba presenta tres momentos predeterminados: la
etapa de la colonia, hasta el ascenso a la Revolución y la etapa
revolucionaria.
En la época colonia Cuba no contaba con un Tribunal que ejerciera
funciones de superior jerárquico en la escala judicial, siendo conocidas las
apelaciones ante un Tribunal Español. Con eso demuestra las tardías
separaciones Cuba respecto a España. En la intervención Norteamérica se
instauro un Tribunal Supremo de Cuba y por decisión de Norteamérica un Comisión
Consultiva que promulgo la Ley de Organización del Poder Judicial.
Los tribunales cubanos en la etapa de la prerrevolucionaria con poca
celebridad como instrumento coercitivo, esto quiere decir, que el triunfo de la
revolución hizo un cambio progresivo en el orden jurídico. Empieza una contradicción
con el Poder Judicial. Se produjo una depuración de este Poder limitan al
Consejo de Ministros ciertas facultades, ocasionando la desaparición de dicho
Poder.
En la década de los 60’s resurge la organización de la función
jurisdiccional, estructurando Tribunales y en la década de los 70’s comienza un
verdadero cambio respecto al sistema legal cubano , empezando con la formación
de leyes respecto a materia judicial y sobre todo a la abogacía la cual había
desaparecido y los profesionales decidieron dedicarse a otros oficios.
El sistema judicial cubano se percibe en enfoque estrictamente sistémico,
como una organización donde se introducen pretensiones. Esta conformado por una
serie de variables conformada por las normas de procedimiento y otro tipo
de normas y otro categoría de variables que surgen de la estructura y
organización que se relacionan con su funcionamiento.
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA LIC. ANDRY MARTILLA
Cuando hablamos de Administración evocamos la realización por una
persona de actos con la finalidad de satisfacer determinadas con el
termino publico estamos destacando la actividad estatal planificada cuyo fin es
el buscar la satisfacción de los internes de la colectividad.
Existen órganos que realizan función administrativa con otro tipo de función.
La administración puede ser central o de localidad. Y como ya lo habíamos dicho
esta Administración puede ser realizada por diferentes órganos facultados como
son el Consejo de Ministros, Comité ejecutivo del Consejo de Ministros,
Organismos de Administración Central del Estado, las delegaciones y direcciones
territoriales de tales organismos , el Consejo de la Administración Provincial,
el Consejo de Administración Municipal y entidades de subordinación. Se dice
que dentro de la Administración se encuentra la potestad.
LA CONSTITUCION MsC. MARTHA PRIETO VALDES
La constitución, Carta Magna, Ley primera, es la Ley de mayor jerarquía
del Ordenamiento jurídico. Tiene contenido clasista en el poder expresa en ella
sus intereses políticos esenciales respecto a los diferentes esferas de la vida
social.
Tiene una supremacía, esto es, todo órgano debe de obedecerla y
someterse a la voluntad que ella expresa y las leyes no deben de contradecirla
y para esto de las controversias existen órganos encargados de resolver.
Las funciones de las Constitución son las siguientes:
- · Política
- · Ideológica
- · Jurídico
- · Organizativa
- · Legitimadora
- · Económica.
Su contenido básico es que tiene como misión organizar políticamente la
sociedad, definir el aparto de dominación y dirección de ejercicio del poder,
organización estatal Central y Local, niveles de participación así como
los órganos de representación. Así como ideas. Se constituye por
un preámbulo, parte orgánica parte dogmática, y clausula de reforma.Esta
estructura no es obligatoria o imprescindible pero fue la inicial.
Esta constitución cuenta con leyes ordinarias por ello requiere de
procedimientos y órganos de elaboración que difieran del empleado para las
leyes ordinarias.Elaboración de la constitución cubana.
El proceso de formación del texto cubano de 1976 difiere del empleado en otros países y se caracterizo por plenitud de la participación popular, existencia de una comisión redactora designada por los órganos superiores del gobierno. Esta constitución ha desempeñado un importante papel en la consolidación de las conquistas revolucionarias y en el proceso de construcción de la sociedad, ha sido resultado de un proceso de lucha, conquista y toma de poder y es un punto culminante en una etapa de provisionalidad. Fue reformada en 1992 donde sufrió muchos cambios.
Los principios de tutela de esta constitución son:
Soberanía popular, supremacía de la ANPP respecto a los demás órganos estatales, principios de la legalidad, centralismo democrático, igualdad social y formal, predominio de intereses sociales entre otros.
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